Para la constitución de un lote o inmueble enpropiedad horizontal, debe otorgarse escritura pública, la cual deberá serregistrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente,ya que solo a partir del registro surge la persona jurídica.
Anexos de laescritura pública:
- Se debe aportar copia autentica de la licencia de construcción,y dependiendo del caso se aporta también copia auténtica de la licencia deurbanismo.
- Los planos sellados para propiedad horizontal, loscuales deben coincidir con el proyecto urbanístico aprobado; deberán contener:
- La localización del inmueble con sunomenclatura asignada por la entidad competente.
- Los linderos deben determinar losdel lote o inmueble sobre el cual se compone la propiedad horizontal. De igualforma deberán determinarse los linderos y áreas de cada uno de los bienes dedominio privado.
- Debe realizarse enel plano la señalización de áreas obienes comunes de manera que se distingan de los bienes privados.
- Los planos deben manifestarque cada unidad de dominio privado es independiente y que tiene salida a la víapública directamente o por medio de zonas comunes.
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