Los beneficiarios del régimen de transición seránaquellos trabajadores vinculados laboralmente a 1° de abril de 1994 que tengantreinta y cinco (35) o más años de edad si son mujeres o cuarenta (40) o másaños de edad si son hombres, o quince (15) o mas años de servicios cotizados.
Estos beneficiarios del régimen de transiciónmantendrán las condiciones de edad, tiempo de servicios o números de semanascotizadas y monto de las pensiones fijados en el régimen vigente que se lesvenía aplicando a 31 de marzo de 1994.
Los trabajadores que no estaban vinculadoslaboralmente a 31 de marzo de 1994, solamente serán beneficiarios del régimende transición siempre y cuando en la última entidad en la cual estuvierenvinculados hubieran cotizado al I.S.S., en cuyo caso mantendrán las condicionesde edad, tiempo de servicios o número de semanas cotizadas y monto de laspensiones establecidos en el régimen vigente en el Instituto a 31 de marzo de1994.
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