Un testamento es un acto solemne en el cual una persona dispones de alguno o todos sus bienes, de forma que tenga pleno efecto después de su muerte, conservando la facultad de cambiar su contenido mientras viva. Además de disponer de sus bienes, la persona que otorga testamento, puede hacer declaraciones en el mismo, por ejemplo:
- Reconocer hijos extramatrimoniales, reconocimiento que se hará irrevocable.
- Favorecer a un descendiente (hijo, nieto, bisnieto, adoptivo) con respecto a los demás (solo hasta la cuarta parte de los bienes).
- Asignar a cualquier persona un legado, que puede ser hasta la cuarta parte de sus bienes.
- Si no tiene hijos o padres vivos, el testador podrá disponer de todos su bienes y dejárselos a la persona natural o jurídica que el quiera.
- Realizar la distribución de los bienes, respetando las asignaciones que por ley deban hacerse de forma forzosa.
Los hijos y padres, pueden hacer valer sus derechos e intentar las acciones de reforma de testamento aun en vida del testador o la de petición de herencia una vez muerto este, en caso de ser excluidos de la herencia.
El testamento es una acto de una sola persona, por lo que tal facultad es indelegable.
Puede efectuarse de forma publica, es decir, que su contenido sea conocido por los testigos y el notario; de igual forma puede ser cerrado, caso en el cual su contenido no será conocido por nadie, hasta tanto se de la muerte de quien lo otorga.
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