Par poder modificar el coeficiente de copropiedad en la propiedad horizontal, debe existiruna decisión de laAsamblea adoptada con una mayoría calificada del 70 % de los coeficientes decopropiedad, ya que las causales por las cuales se pueden modificar loscoeficientes están definidas por la ley, y no admiten un señalamiento diferenteaunque la Asamblea o el reglamento así lo determinen.
Las causales porlas cuales hay lugar a la modificación delos coeficientes son las siguientes:
- Cuando en su cálculo seincurrió en errores aritméticos o no se tuvieron en cuenta los parámetroslegales para su fijación.
- Cuando el edificio oconjunto se adicione con nuevos bienes privados, producto de la desafectaciónde un bien común o de la adquisición de otros bienes que se anexen al mismo.
- Cuando se extinga lapropiedad horizontal en relación con una parte del edificio o conjunto.
- Cuando se cambie ladestinación de un bien de dominio particular, si ésta se tuvo en cuenta para lafijación de los coeficientes de copropiedad.
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