Las empleadas del servicio doméstico tienen que cotizar a salud (E.P.S.), pensiones (AFP), y a riesgos profesionales (ARP), así lo señaló el Ministerio de la Protección Social.
Ya que todas las personas que trabajen bajo un contrato de prestación de servicios o cualquier otra modalidad que se adopte, deben estar vinculadas al sistema de seguridad social de manera integral.
Ya que todas las personas que trabajen bajo un contrato de prestación de servicios o cualquier otra modalidad que se adopte, deben estar vinculadas al sistema de seguridad social de manera integral.
Las consecuencias de no afiliar a las empleadas del servicio doméstico o a cualquier otro subalterno a riesgos profesionales, podrá conducir para el empleador una sanción de una multa equivalente a 500 salarios mínimos mensuales.”
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