Son entidades cívicas sin ánimo de lucro, compuestas por los vecinos de un barrio o de un determinado sector, que se reúnen con la finalidad de adelantar planes en beneficio de su respectiva comunidad.
Prácticamente cualquier persona puede ser miembro de una junta de acción comunal pues los requisitos que se exigen para ellos son mínimos, a saber:
- Ser persona natural.
- Residir dentro del área de influencia de la junta.
- Tener más de quince años de edad.
- No tener impedimento legal.
Entre los principales objetivos de las juntas de acción comunal podemos citar:
- Establecer planes y programas relacionados con las necesidades de la comunidad.
- Capacitar a la comunidad en el ejercicio de sus derechos y sus obligaciones.
- Fomentar en el sector la creación de empresas de carácter social.
- Procurar obtener de los organismos del Estado contratos de obras que beneficien a la comunidad.
Fuente: Manual de formación ciudadana y constitucional – Juan Guillermo Espinal.
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