Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, tramite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Llevamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

Consúltenos sin costo en este momento.
Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le darán una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y sus costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
Calle 50 Nº 51-81, Edificio National, Oficina 10-01

Cómo hacer un traslado de eps?


Todos lostrabajadores de Colombia pueden elegir libremente la EPS a la cual quierenestar afiliados. De igual manera pueden cambiarse de entidad las veces que considerenconvenientes.

Para que una personapueda hacer realidad el traslado de EPS, debe de cumplir los siguientesrequisitos:


  • Encontrarse afiliado actualmente a la EPS de la cual desea retirarse. 
  • Tener una permanencia,en la EPS de la cual se quiere trasladar, de 12 meses, durante estos meses lospagos tienen que haber sido continuos, es decir, no deberle plata a la institución. 
  • Lo anterior sin dejarde lado el traslado excepcional por falla en el servicio o insolvencia de laEPS.
  • Que los beneficiarios que haya incluidos por cotizante, cumplan 12 mesescontinuos (sin son varios los beneficiarios, tiene que esperar a que todosellos cumplan los 12 meses) salvo que alguno de los beneficiarios haya nacidoestando afiliado el cotizante a la EPS de la cual desea trasladarse.
  • Que el afiliado no se encuentre en mora por concepto de cotizaciones o UPC (Unidadde Pago por Capitación) adicional.
  • Que el cotizante no se encuentre disfrutando de una licencia de maternidad oincapacidad generada por enfermedad general.
  • La solicitud de traslado se debe dirigir a la nueva EPS a la cual se quiereafiliar, esta ultima deberá notificar lo ocurrido a la anterior.

El traslado de EPSproducirá efectos sólo a partir del primer día calendario del segundo messiguiente a la fecha de presentación de la solicitud de traslado efectuada porel afiliado ante la nueva EPS.

La EPS de la cual seretira el afiliado tendrá que seguir prestando  los servicios y el reconociendo lasprestaciones hasta el día anterior a aquel en el que surjan las obligacionespara la nueva Entidad. El primer pago de cotizaciones que se deba efectuar apartir del traslado efectivo de un afiliado, se deberá realizar a la nueva EPS.

Si la EPS se niega arealizar el traslado, puede asesorarse de un abogado para realizar los trámitespertinentes con el fin de lograrlo.

Para mayor información comuníquese con nosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: somosabogados09@gmail.com
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Medellín-Colombia

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