Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, tramite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Llevamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

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Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le darán una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y sus costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Muerte o lesiones de soldados en servicio militar obligatorio

Primero que todo hay que teneren cuenta que el desarrollo de las actividades de aquellas personas que se encuentranprestando servicio militar, son extremadamente peligrosas, bien sea por lassituaciones de combate o por el manejo de armas.

Nuestra constitución consagraque de  todo daño causado por acción u omisiónde las autoridades publicas, será  elestado quien responderá patrimonialmente.

Haciendo referencia a lossoldados, el Consejo de Estado ha dicho que el Estado debe asumir los riesgosque se crean para quienes prestan el servicio militar obligatorio, comoconsecuencia de la realización de las diferentes tareas que se les asignan,como cuando el daño es causado con un arma de dotación oficial, teniendo encuenta que su sola manipulación entraña un peligro, al cual se expone lavíctima por imposición del Estado. 

Aquellaspersonas que se encuentran prestando su servicio militar, tienen  obligaciones y derechos que se originan con suingreso al ejército: para el Estado los, deberes de vigilancia y segundad en lavida y salud de los jóvenes soldados  ypara el soldado el derecho correlativo de obtener prestaciones debidas(protección jurídica).  Si este derechode vigilancia y seguridad, no se satisface adecuadamente y en consecuenciaaparecen   unas lesiones ciertas y particulares, a situaciones quetienen protección jurídica como son la vida y la salud, que exceden los inconvenientes inherentes a la prestación de ese servicio,pueden ser causas que dan lugar a declarar la culpabilidad del Estado y porende como se dijo anteriormente, que este ente sea cadenado al pago de losperjuicios causados.
 
Le corresponderá al enteEstatal, como parte demandada, demostrar que los hechos se dieron por culpa exclusivade un tercero o de la victimo o por fuerza mayor, para de esa forma poderse liberarde la responsabilidad.
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