Los títulos valores como: la letra de cambio, el pagare, la factura cambiaria de compraventa, entre otros, son elaborados en papel por tanto pueden llegar a destruirse, e incluso con el paso del tiempo, aun con el sumo cuidado, su deterioro es inminente. De ocurrir esto el documento ya no será idóneo para hacerse valer en un proceso ejecutivo o para seguir circulando perdiéndose de este modo la virtud para la cual fue creado.
Si un titulo valor llega a deteriorarse de tal manera que no sea posible que siga circulando o si se destruye parcialmente, sobreviviendo los datos necesarios para su identificación, el legítimo tenedor del mismo podrá iniciar un proceso ante los jueces de la república a fin de que el documento sea repuesto. En este caso se deberá entregar el titulo deteriorado al obligado principal, bien sea el creador o aquella persona llamada a pagar el valor del crédito contenido en el titulo.
Si el titulo ha sido hurtado, extraviado o destruido totalmente, se podrá solicitar la cancelación y reposición de mismo, siempre y cuando el mismo sea creado para ser pagado a la orden de una determinada persona o de aquel que lo tenga por endoso de alguno de los beneficiarios, sin embargo, para los títulos al portador, si bien no cabe la cancelación de los mismos, si es posible adelantar un proceso de restitución de tenencia y siempre será posible solicitar su reposición, para lo cual usted deberá hacerse representar de un abogado.
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