El término de derechos fundamentales fue acogido por nuestra constitución de 1991, y se refiere inicialmente a aquellos derechos inherentes a la persona, razón por la cual muchos consideran que se encuentran restringidos básicamente a los derechos individuales. No obstante lo anterior, la Corte Constitucional ha reconocido como derechos fundamentales, algunos derechos sociales que permiten que hablemos de una vida con dignidad para los habitantes del territorio Colombiano.
Para reconocer cuáles son derechos fundamentales y hacerlos valer como tal, existen una serie de criterios como por ejemplo el que sea un derecho esencial de la persona y sea reconocido en nuestra Constitución, que el derecho que pretenda invocarse como tal se encuentre contenido en tratados internacionales, que tenga una conexión con los principios contenidos en la Carta Política, entre otros aspectos.
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