Una vez dictada la sentencia que declara el divorcio, con la misma:
- Queda disuelto el vínculo del matrimonio que se efectuó por lo civil y cesan los efectos civiles del matrimonio religioso.
- Se disuelve la sociedad conyugal.
- Continúan los derechos y también los deberes respecto de los hijos.
- Según la causal que se haya invocado para el divorcio, puede quedar vigente el derecho a alimentos para el cónyuge inocente.
- En cuanto a los hijos, el juez dispone sobre la custodia, el cuidado personal, el ejercicio de la patria potestad, las visitas y la cuota de alimentos.
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