La única forma para poder despedir a una trabajadora que se encuentra en período de embarazo o de lactancia (es decir, durante los 3 meses siguientes al parto), es acudir a la autorización del inspector del trabajo o del alcalde del municipio en aquellos lugares donde no haya inspector. Dicha autorización, únicamente podrá concederse teniendo como soporte una de las causales con las que cuentan los empleadores para dar por terminado el contrato de trabajo, además, antes de tomar una decisión, se deberá escuchar a la trabajadora y practicar las pruebas pertinentes que soliciten tanto el patrón como la empleada.
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