Impacto Jurídico es una oficina de abogados radicada en la ciudad de Medellín (Colombia), dedicada a la asesoría, tramite y representación legal judicial o extrajudicial al servicio de nacionales y extranjeros en todas las áreas del derecho (familia, civil, laboral, seguridad social, comercial y administrativo). Llevamos asuntos relacionados con accidentes de tránsito, tutelas, derechos de petición y conciliaciones.

Consúltenos sin costo en este momento.
Nuestro equipo de abogados hará una evaluación inicial de su caso sin costo alguno y le darán una recomendación sobre el proceso más viable a seguir y sus costos estimados. Nos encontramos ubicados a media cuadra de la Estación Parque Berrio, bajando por Colombia.
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Plan obligatorio de salud

El plan obligatorio desalud POS, es el conjunto básico de servicios de atención en salud a que tienederecho, en caso de necesitarlos todo afiliado al régimen contributivo.

Aquí se habla de copagos y decuotas moderadoras, que tienen como finalidad contribuir a la financiación delSistema.  Los copagos son porcentajes quepagan únicamente los afiliados beneficiarios, y a su vez, las cuotasmoderadoras son aplicables tanto a los afiliados beneficiarios, como a losafiliados cotizantes. 

En cuanto a la cobertura de servicios,tenemos que comienza desde el día siguiente al que se inicie la relaciónlaboral, destacando eso sí que durante los primeros 30 días la cobertura esúnicamente por urgencia o por parto, y a partir de los 30 días el afiliado y sugrupo familiar tiene derecho al resto de los servicios contemplados en el POS.

En cuanto al período de protección laboral,una vez suspendido el pago de la cotización como consecuencia de lafinalización de la relación laboral o de la pérdida de la capacidad de pago deltrabajador independiente, el trabajador y su grupo familiar son beneficiariosdel POS en cuanto a la atención de aquellas enfermedades que venían entratamiento o aquellas derivadas de urgencias, así: 
 
  • Hasta por treinta días más contados desde lafecha de la desafiliación, siempre y cuando haya estado afiliado al sistemacomo mínimo los doce meses anteriores.
  •  Hasta por tres meses contados desdela fecha de desafiliación cuando el afiliado lleve 5 o más años de afiliacióncontinua a una misma entidad promotora de salud.

Si tiene inquietudes respecto altema, o considera que en su caso se presentan anormalidades  en cuanto a la cobertura de los servicios desalud, comuníquese con nuestra oficina y con gusto le brindaremos una asesoría.

 
Para mayor información comuníquese connosotros.
Teléfono: 293 24 73, E-mail: abogadosparausted@hotmail.com
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