El Decreto 3576 expedido recientemente por el Gobierno, trajo consigo las nuevas reglas del proceso de selección abreviada, creado por la Ley 1150 de 2007. La normatividad se basa en aquellos contratos cuyo monto no excede el 10% de la menor cuantía de la entidad pública contratante, esto es, el valor determinado de acuerdo con el presupuesto anual de las entidades públicas, que se expresa en salarios mínimos legales mensuales vigentes.
A su vez, el decreto diferencio entre dos clases de contratos de menor cuantía:
- Contratos generales: su procedimiento es, el de la invitación pública, en el cual se valora la oferta y los aspectos técnicos.
- Contratos cuyo objeto es la adquisición de bienes y servicios de características técnicas uniformes y de común utilización: su procedimiento es, la subasta inversa, que consiste en la selección del postor que ofrezca el precio mas bajo.
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