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Régimen de propiedad horizontal

Régimen de propiedad horizontal


En impacto Jurídico brindamos asesoría a copropietarios, administradores, miembros de juntas directivas, consejos y demás órganos existentes en los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal.

La propiedad horizontal es una forma especial de dominio en la cual se comparten derechos de propiedad sobre bienes privados y bienes comunes. La ley no da una definición de lo que es propiedad horizontal, sin embargo, del los contenidos de la ley 675 de 2001 se pueden extraer unos elementos esenciales:

Existencia de un edificio dividido por pisos con unidades privadas de diferentes propietarios.

La existencia de varios bienes comunes de propiedad de varios propietarios de bienes exclusivos.

El fin principal de la propiedad horizontal y su respectivo reglamento de copropiedad es regular la convivencia pacífica de los propietarios de los inmuebles sometidos a ella bajo algunos principios fundamentales como son:

Función social y ecológica de la propiedad por lo que se verán sometidos a las regulaciones urbanísticas y ecológicas de la propiedad.

Convivencia pacifica y solidaridad social por lo que los reglamentos de propiedad horizontal debe de estar encaminados hacia el establecimiento de relaciones pacificas y de cooperación entre los copropietarios.

Respeto de la dignidad humana, la cual debe de inspirar las actuaciones de los diferentes órganos administrativos, así como la de los copropietarios en el ejercicio de sus derechos y obligaciones.

Iniciativa empresarial, claro está respetando las diferentes disposiciones urbanísticas al respecto.

Derecho al debido proceso, según lo cual las actuaciones, tanto de la asamblea como del consejo de copropietarios, a la hora de establecer sanciones deberán respetar el derecho de defensa, contradicción e impugnación.

La creación del reglamento debe de estar regida por los anteriores principios, al igual que las actuaciones y decisiones tanto de la asamblea, administración y consejo de copropiedad.

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